Por las motivaciones de hecho y de derecho ya expuestas y analizadas, este Juzgado del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara Con Lugar el Divorcio por Ruptura Prolongada de la Vida en Común, de los cónyuges JHON FREDY PAEZ CASTRO e IRIS LORENA FUENTES JAIMES, ambos ya suficientemente identificados en la presente decisión, todo de conformidad con lo establecido en el Articulo 185-A del Código Civil Venezolano.
Queda Disuelto el Vinculo Matrimonial que entre ellos fue contraído, ante la Prefecto de la Parroquia Tocuyito, Municipio Valencia del estado Carabobo, en fecha 25 de septiembre de 1.993; tal como consta en el Acta de Matrimonio No. 419. Procédase a la liquidación de la Comunidad Conyugal, si hubiere lugar a esto.
Publíquese, Regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal.
Una vez quede firme la presente decisión, se acuerda expedi.....