PRIMERO: SIN LUGAR LA DEMANDA interpuesta por el ciudadano DAVID ALEXANDER MENDOZA PEÑA, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad n° 14.401.475 contra el CONSEJO COMUNAL ANTONIO JOSÉ DE SUCRE DEL MUNICIPIO PEDRO MARÍA UREÑA, ESTADO TÁCHIRA, por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
SEGUNDO: Dada la naturaleza del fallo se condena en costas a la parte demandante de conformidad con lo establecido en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Dada, firmada y sellada en el despacho del Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en San Cristóbal, a los 21 días del mes de marzo de 2012. Publíquese la presente decisión. Años 201° y 153°