ABSUELVE al ciudadano SIMON JOSE HERNANDEZ APONTE, portador de la Cédula de Identidad N° 6.286.809, DE LA ACUSACIÓN QUE POR EL DELITO DE TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES O PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el articulo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes o Psicotrópicas formulara en su contra la Fiscalía Sexta del Ministerio Publico de este Estado Vargas, de conformidad con lo establecido en los artículos 22, 363 y 366 del Código Orgánico Procesal Penal; SEGUNDO: Se exonera del pago de Costas Procesales al Estado, de conformidad con lo establecido en los artículos 272 todos del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: Igualmente, habiéndose practicado el Dictamen Pericial Químico a la sustancia incautada en el presente caso, este Juzgado acuerda la destrucción de la misma, para lo cual deberá seguirse el procedimiento establecido en la Sentencia vinculante de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, N° 1776, de fecha 25 de Septiembre.....