este Juzgado Segundo de Transición de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR LA ACCION INTENTADA, condenándose a la parte demandada, al pago de un total de NUEVE MILLONES CIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS VEINTIUN MIL BOLIVARES CON TREINTA Y CUATRO CENTIMOS. (Bs.9.154.921,34).
Se niega el punto signado con la letra A.2, por cuanto el contenido del mismo ya fue acordado.
Se condena a la parte demandada a la correspondiente indexacción, desde la fecha de la admisión de la demanda, hasta su total cancelación. El cálculo se realizará al momento de ejecutarse la sentencia tomando en cuenta la variación del índice de precios al consumidor para el Area metropolitana de Caracas para el mes de abril del 2002, y del mes inmediatamente anterior a la ejecución de la sentencia, lo cual será realizado por un sólo .....