el Tribunal procede a declarar SECUESTRADOS los vehículos descritos a los numerales Primero y Segundo de la presente acta, a excepción del vehículo descrito al numeral Tercero, el cual no se encuentra en este inmueble, de inmediato se le hace entrega de los referidos vehículos al Depositario Judicial designado, quien los recibe conforme y en las condiciones en que se encuentra. En este estado la parte demandante asistida de abogado, ya identificados, solicitó el derecho de palabra y concedido como le fue expuso: "Solicito al Tribunal se traslade y constituya en un fondo de comercio denominado "Marisquería y Restaurant Rio Azul", ubicado a la entrada Boca Caneyes del autopista Táriba-San Cristóbal, para llevar a cabo la practica de la medida de Secuestro decretada sobre el vehículo descrito al numeral Tercero,