"...PRIMERO: El ciudadano JESUS EMILIO BECERRA PEREZ se compromete a dar la cantidad de Bs. 800,oo mensuales, en dos cuotas quincenales de 400,oo Bs., los cuales entregará mediante recibo a la ciudadana BLANCA INES JIMENEZ ABRIL. SEGUNDO: Para el mes de agosto con relación a los gastos de útiles escolares, los mismos serán compartidos a razón de 50% c/u. TERCERO: En el mes de diciembre en relación a los gastos de decembrinos, los mismos serán compartidos a razón de 50% cada padre. CUARTO: Los gastos médicos, de medicinas entre otros serán compartidos, es decir, 50% cada padre. QUINTO: La ciudadana BLANCA INES JIMENEZ ABRIL, acepta el ofrecimiento hecho por el demandado...". En consecuencia, visto el CONVENIMIENTO celebrado entre las partes, este Juzgado Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la HOMOLOGACIÓN..."