DISPOSITIVO
Este JUZGADO DE PIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL, declara:
ÚNICO: INADMISIBLE la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por el abogado Cristian Jonhatan Faria Maldonado, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.-12.228.625, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 191.352, en su carácter de apoderado judicial de las ciudadanas Daicy Marlene Maldonado y Carmen Rosa Maldonado Rincón, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V.-10.175.738 y V.-3.789.656, respectivamente, por las actuaciones de hecho inferidos en la perturbación, impedimento y obstaculización al derecho de trabajar la tierra y llevar a cabo la adecuada y correspondiente actividad agrícola de producción agroalimentaria.
Se condena en costas a las quejosas por consi.....