PRIMERO: Se condena al ciudadano acusado EUSEBIO DURAN UREÑA, de nacionalidad Italiana, de 48 años de edad, titular del Pasaporte de la Unión Europea República de Italia No. Y084056, residenciado en: Vía Venecia 39, La Especie, 19122, Italia, a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS DE PRISIÓN, por ser autor en la comisión del delito de TRANSPORTE ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 31 de la Ley Orgánica contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, cometido en las circunstancias de modo, tiempo y lugar que quedaron establecidas en los autos y, en virtud de la aplicación de la disposición contemplada en el artículo 376 del código adjetivo penal vigente, computándose como data provisoria de cumplimiento la pena corporal el día veintitrés (28) de marzo del año Dos Mil Quince (2015), de conformidad a lo establecido en el artículo 367 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUND.....