SE HOMOLOGA EL CONVENIMIENTO REALIZADO ANTE LA DEFENSORIA MUNICIPAL DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE DE EL MUNICIPIO SAN JUDAS TADEO DE ESTA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL, IMPARTIÉNDOLE EL CARÁCTER DE COSA JUZGADA, de conformidad con los artículos 262 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el artículos 315 del Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, por haber habido ofrecimiento por parte del requerido y aceptación por parte de la solicitante. SEGUNDO: Queda fijada la Obligación de Manutención a favor de los niños (xxxxx) respectivamente, en la cantidad de TRESCIENTOS BOLIVARES (Bs. 300,00) quincenales, es decir SEISCIENTOS BOLÍVARES MENSUALES (Bs. 600,00). TERCERO: En cuanto los gastos de útiles y uniformes escolares para el mes de septiembre los sufragará en su totalidad el ciudadano NELSON RAMON PEREZ CONTRERAS, e igual la ropa y calzado en el mes de diciembre y los gastos médicos y medicinas serán de por mitad por ambos progenitores. CUARTO: Se ordena lib.....