Este Juzgador del estudio de las actas procesales, considera que existen suficientes elementos probatorios de los cuales se desprenden que el obligado, ciudadano: JAIR ALONSO CHACÓN ORTIZ, debe responder con una Obligación de Manutención para su hijos: J.A.Ch.B., Y.J.R.Ch.B., (identidad omitida de conformidad con la sentencia Nro. 13 – 0318, de fecha 12 de noviembre de 2013, de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia). Y así se decide