este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Improcedente, la oposición formulada por el ciudadano Miguel Ernesto Mónaco González, contra las sumas consignadas por la sociedad mercantil demandada, "C.A. CERVECERIA REGIONAL" con motivo de la Persistencia en el Despido del Trabajador, efectuada en fecha veintiséis (26) de Marzo de 2.009. SEGUNDO: Injustificado, el despido del trabajador Miguel Ernesto Mónaco González, efectuado en fecha cinco (5) de Febrero de 2.009, por la empresa "C.A. CERVECERIA REGIONAL". TERCERO: PROCEDENTE, la persistencia en el despido del ciudadano Miguel Ernesto Mónaco González, propuesta por la sociedad mercantil, "C.A. CERVECERIA REGIONAL".