DECISIÓN
En mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, actuando en sede constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
ÚNICO: INADMISIBLE la ACCION DE AMPARO constitucional propuesta por la ciudadana MAYRA LILIANA VILLAMIZAR COLMENARES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.891.479, domiciliada en San Cristóbal, Estado Táchira, contra la decisión proferida por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, de fecha Primero (01) de noviembre del 2.024.
Regístrese, publíquese incluso en el portal https:táchira.tsj.gob.ve notifíquese a las partes y déjese copia certificada de la presente decisión para el archivo del Tribunal, de conformidad con lo esta.....