En base a lo anteriormente expuesto este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD CORPORAL del ciudadano JOEL FRANCISCO MORILLO, venezolano, natural de Caracas, Distrito Capital, Titular de la Cédula de Identidad Nº 12.959.796, en virtud de haber cumplido en su totalidad la pena corporal impuesta, por la comisión de los delitos de Robo a Mano Armada, Resistencia a la Autoridad y Porte Ilícito de Arma de Fuego previstos y sancionados en los artículos 460, 216 ordinal 1º y 278, todos del Código Penal, antes de su reforma, quedando sujeto a la vigilancia de la autoridad.