Se declara:
PRIMERO: Parcialmente Con Lugar, la demanda que por Resolución de Contrato de Arrendamiento incoara el ciudadano JUAN CARLOS GIRALDO DIAZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 13.928.259, asistido por el profesional del derecho César Martín Castillo Merchán, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 129.441, en contra del ciudadano JOSE ENRIQUE ANGARITA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 23.178.805, representado por los abogados en ejercicio de su profesión José Antonio Rodríguez Hernández y Pedro Oswaldo Colina Hernández, inscritos en el Inpreabogado bajo el No. 79.176 y No. 97.651, respectivamente, todos domiciliados en la ciudad de San Antonio, Municipio Bolívar, del Estado Táchira.
SEGUNDO: Resuelto en contrato de arrendamiento suscrito en forma privada entre quienes aquí son partes demandante y demandada ya identificados, en fecha 01 de febrero de 2003, sobre el inmueble objeto de la demanda.
TERCERO: Se o.....