Definitivamente firme como ha quedado la anterior sentencia, de fecha 07 de Enero de 2015, se Ordena su Ejecución en los términos establecidos en la Ley. Vista la diligencia que antecede suscrita por el abogado CESAR ZAMBRANO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 71.889, actuando con el carácter de apoderado de la parte demandante en la presente causa, conforme a lo solicitado, este Tribunal acuerda el desglose de los folios 04, 06 y 07 que cursa en el presente expediente, debiendo dejarse copia fotostática certificada en su lugar y el original para ser entregados a la parte solicitante. Por cuanto no hay más actuaciones pendientes por realizar, se Da por terminado y se ordena el archivo del presente expediente.