En consecuencia esta Jueza del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación y Ejecución, es por lo que se considera desistido el procedimiento y se SE DECLARA EXTINGUIDA la instancia, de conformidad con el artículo 514 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Ciérrese el presente asunto. Archívese el expediente, y remítase a los archivos judiciales en su oportunidad. Cúmplase lo ordenado.-