este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA , Administrando Justicia con base a la potestad establecida en el artículo 253 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO : SIN LUGAR la solicitud del demandante de MEDIDA DE SECUESTRO, sobre un local comercial signado como M-1 de la mezzanina, que forma parte del edificio denominado Don Vale, ubicado en la carrera 10 con calle 15, San Cristóbal, Estado Táchira, compuesto de un ( 01) salón grande, dos ( 02) baños, tres ( 03) butacas color gris, una central telefónica, dos reguladores, dos sillas, tres estantes en fórmica gris con azul, un mostrador de seis puestos, cuatro lámparas de emergencia, un extintor con manguera, tres módulos de fórmica, vidrios en buen estado, puertas en buen estado, cuatro modulares azul eléctrico en el salón de descanso, gabinetes y espejo del baño en buen estado, kitchine en b.....