DECISIÓN
En consecuencia, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Táchira, impartiendo Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve:
ÚNICO: Declara INOFICIOSO entrar a conocer el fondo por el Abogado Tito Adolfo Merchán Arango, en su carácter de defensor del ciudadano Carlos Andrés Restrepo Cortes, contra la decisión dictada en fecha 30 de noviembre de 2011, y publicó in extenso en fecha 05 de diciembre de 2011, por el Abogado Richard Enrique Hurtado Concha, en su condición de Juez del Tribunal de Primera Instancia en Función de Control número 02, extensión San Antonio del Táchira, de este Circuito Judicial Penal.