los ciudadanos: DAVID ARCÁNGEL GUERRERO MORA y MARÍA AUXILIADORA PATIÑO RUIZ, ante el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Medición, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niño, Niña y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, con sede en San Cristóbal, convienen en la Obligación de Manutención, suscribiendo acta, en consecuencia y por cuanto la conciliación entre las partes no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles