Por las razones de todos los argumentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: La confesión ficta de la ciudadana: AURORA RODRIGUEZ VDA DE DIAZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V-4.829.350; y en consecuencia, PROCEDENTE en Derecho la pretensión de Reconocimiento de Contenido y Firma contenida en la demanda incoada en su contra por el ciudadano: JOSE OLIVERIO RODRIGUEZ CAICEDO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V-5.739.727, asistido por la abogada: ANGELA ZULAY CARDENAS BAUTISTA, venezolano, mayor de edad, inscrito en el instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nº. 266.727.
SEGUNDO: SE DECLARA RECONOCIDO, documento privado .....