acuerda INHIBIRSE del conocimiento del expediente nomenclatura: WP01-D-2005-000064, en el cual se juzga a los adolescentes: IDENTIDAD OMITIDA y IDENTIDAD OMITIDA, Titulares de las Cedulas de Identidad Nº V- 19.627.473 y 18.931.063, respectivamente, de conformidad con lo establecido en los artículos 86 numeral 7°, 87 y 89 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicado por remisión del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Publíquese, Regístrese, Remítase a la Corte de Apelaciones de del circuito judicial penal del estado Vargas. De conformidad con la Ley Orgánica del Poder Judicial, a fin de que conozca de la presente inhibición.