Oídas como han sido las declaraciones de los testigos, ciudadanos JOSE VICENTE MOLINA y CARMEN EVELIA CARDENAS CARDENAS venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 9.181.026 y 5.020.515, en su orden, quienes declararon afirmativamente al interrogatorio a que fueron sometidos. Y visto el escrito presentado por el ciudadano MIGUEL ANGEL ROJAS RUIZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad No. V-9.181.151, asistido por el abogado EFRAIN JOSE RODRIGUEZ GOMEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 28.204, en el cual expone que el día 19 de agosto de 2010, falleció quien fuera su progenitor, ciudadano CARLOS AUGUSTO ROJAS BALZA, quien era titular de la cédula de identidad N° 1.555.898, según certificación expedida por el Dr. Jesús Mendoza. tal y como se evidencia del Acta de Defunción Nº 176, expedida por el Registrador Civil del Municipio Cárdenas, Estado Táchira. En consecuencia este J.....