CONDENA, a los ciudadanos CESAR DARIO GONZALEZ HANSEN, de nacionalidad venezolana, natural de La Guaira, Estado Vargas, fecha de nacimiento el 20-08-83, de 20 años de edad, y titular de la cédula de identidad N° V-16.507.323 y JOSE GREGORIO MOSQUEDA de nacionalidad venezolana, natural de La Guaira, Estado Vargas, fecha de nacimiento el 28-10-81, de 21 años de edad, y titular de la cédula de identidad N° V-16.507.754 a cumplir la pena de TRECE (13) AÑOS Y CUATRO (04) MESES de presidio por la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO COMETIDO DURANTE LA EJECUCIÓN DE UN ROBO A MANO ARMADA EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, previsto y sancionado en el artículo 408 ordinal 1° del Código Penal en concordancia con el Artículo 426 del mismo código y a las accesorias de Ley, previstas en el artículo 13 del Código Penal.- Así miso se le exonera de pago de costas en relación a los gastos originados durante el proceso debido a que la Constitución de la República Bolivariana de Venezue.....