DECLARA SIN LUGAR la demanda interpuesta por JOSE INOSENCIO NOGUERA SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 5.021.563 contra los ciudadanos EDGAR ALFONSO USECHE y CRISTINA ABATE DE URDANETA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-9.206.512 y V-5.667.995, respectivamente. En consecuencia:
UNICO: Se niega el levantamiento de la Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar, así como también el levantamiento de la Medida Ejecutiva de Embargo, que pesa sobre el bien inmueble ubicado en la Aldea Roscio, Municipio Independencia, Distrito Capacho, Estado Táchira.