Este Juzgado Primero de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la demanda interpuesta por el Ciudadano GABRIEL BELIZARIO RINCÓN SALAS en contra de la UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL SIMÓN RODRÍGUEZ, NÚCLEO LA GRITA por cobro de bonificación de fin de año, vacaciones, bono vacacional, beneficio de alimentación y otro derechos laborales. SEGUNDO: SE CONDENA a la UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL SIMÓN RODRÍGUEZ NÚCLEO LA GRITA a pagar al demandante GABRIEL BELIZARIO RINCÓN SALAS la cantidad de SETENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS NOVENTA Y CINCO BOLÍVARES CON TREINTA CÉNTIMOS (Bs. 79.795,30). TERCERO: De conformidad con el Artículo 88 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, no hay condenatoria en costas.