Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado del Municipio Ayacucho de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Actuando en este Acto con funciones de Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de La Ley, Declara:
PRIMERO: Se declara Con Lugar la Solicitud de Fijación de Obligación de Manutención, incoada por la ciudadana ERIKA MILAGROS GUERRERO ESCALANTE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 13.688.015, domiciliada en el KM 4 Aldea El Carmen, casa S/N, Municipio Ayacucho del Estado Táchira, actuando a favor de su hijo: ...., en contra del ciudadano: HERMEN ANTONIO CHOMPRE, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad Nº V- 8.197.149, con domicilio laboral en el Yacimiento Tucupido, por la carretera Vieja de Barinas a Guanare, Taller de Visur del Estado Portuguesa. Y en consecuencia, se FIJA la cantidad de DOSCIENTOS.....