DECLARA SIN LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano PABLO ANTONIO RANGEL COLMENARES, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° V-3.431.850, con domicilio en la Ciudad de San Cristóbal, Estado Táchira; contra los ciudadanos JESUS EDUARDO COLINAS ARENAS Y EFRAIN RODRIGUEZ ARENAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-5.676.931 y V-5.671.172, en su orden y de este domicilio. En consecuencia:
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la parte demandante, por haber resultado totalmente vencida.