ESTE TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO DEL CIRCUITO JU¬DICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, RESUELVE:
PRIMERO: DECLARA DESISTIDA LA ACUSACION PRIVADA interpuesta por la ciudadana CARMEN YARLETH ANDRADE SERRANO, en su carácter de acusadora, representada por su apoderado abogado Francisco Ramírez Sarmiento, en contra de la ciudadana NINOSKA RINCÓN BADEL, por los delitos de DIFAMACIÓN E INJURIA, previstos y sancionados en los artículos 442 y 444, ambos del Código Penal, de conformidad con lo previsto en el artículo 416 segundo aparte del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto la misma sin justa causa no compareció a la audiencia fijada para el día 24 de abril de 2009, para la celebración del juicio oral y público. SEGUNDO: CONDENA EN COSTAS a la acusadora privada CARMEN YARLETH ANDRADE SERRANO, en virtud del desistimiento de la acusación privada, de conformi.....