En mérito de los precedentes razonamientos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Declara Con Lugar la solicitud de la Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar sobre el bien inmueble consistente en un lote de terreno propio, ubicado en la Pedrera, Jurisdicción del Municipio Libertador del Estado Táchira, comprendido dentro de los siguientes linderos, y medidas. Frente, la carretera nacional de los Llanos, mide aproximadamente dieciséis metros ( 16 Mts.); Costado Derecho: También con pertenencias que son o fueron de Jorge reyes, mide cincuenta metros ( 50 Mts.); Costado Izquierdo: Con pertenencias de Gilberto Ramírez García, quedando de por medio una franja de terreno de cuatro metros ( 4 Mts.) de ancho por todo lo largo, contados a partir del punto más a la derecha de la edificación que le queda al ciudadano Gilberto Ramírez García, donde existen los se.....