V
DECISION
Por los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones, en su única Sala, del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECIDE:
PRIMERO: Declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado Eladio Roberto Rosales, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano José Acacio Morales Villarreal, contra la decisión dictada el 12 de noviembre de 2010, por el Juez Octavo de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual negó al abogado Eladio Roberto rosales Mora, titular de la cédula de identidad número V- 2.812.523, la entrega del vehículo el cual aparece en los datos del certificado de registro automotor, como marca Ford, modelo 3F-350, año 1980, color amarillo, clase camión, tipo estaca, uso carga, placa 750 GAI, serial de carrocería AJF37W34073.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la decisión señalada en .....