En base a todas las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: CON LUGAR, la demanda incoada por el ciudadano CARLOS ALEXANDER CÁRDENAS MANZULLY, en contra de la GOBERNACIÓN DEL ESTADO TÁCHIRA, EN LA DIRECCIÓN DE INFRAESTRUCTURA Y MANTENIMIENTO DE OBRAS (DIMO), por cobro de salarios por incapacidad conforme a la Cláusula Trigésima Sexta, Párrafo Décimo de la Convención Colectiva que rige a las partes; en tal sentido se ordena a la parte demandada GOBERNACIÓN DEL ESTADO TÁCHIRA, a otorgar el beneficio establecido en la Cláusula Trigésima Sexta, Párrafo Décimo de la Convención Colectiva vigente suscrita entre el Ejecutivo Regional y el Sindicato Único de Obreros del Ejecutivo del Estado Táchira (SUETA).