Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en Función de Juicio del Circuito Judicial del Estado Vargas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA PRESCINDIR de los ESCABINOS y seguir la presente causa por un Tribunal Unipersonal, seguida en contra de los ciudadanos YOHALVIS OMAR CASTRO CASTILLO, a quien se le sigue juicio por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE COOPERADOR INMEDIATO, previsto y sancionado en el articulo 406 ordinal1° en concordancia con el artículos 83 todos del Código Penal y RAFAEL JIMENEZ CAIRO, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO y PORTE ILICTO DE ARMA DE FUEGO, previstos y sancionados en el articulo 406 ordinal 1° y 277 ambos del Código Penal