este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley y actuando como Primera Instancia conforme a la Resolución N° 2009-0006, de fecha 18 de marzo de 2009, publicada en la Gaceta Oficial N° 368.338, de fecha 02 de abril de 2009, DECLARA a los ciudadanos MARLON OMAR REYES ARELLANO y GÉNESIS ESTEFANÍA REYES CHACÓN, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-10.747.037 y V-20.628.586, respectivamente, domiciliados en esta ciudad de San Cristóbal, estado Táchira, en su carácter de hijos, como las ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del ciudadano OMAR ALFONSO REYES MATHEUS, quien en vida fue venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-4.645.875; DEJÁNDOSE A SALVO EL DERECHO DE TERCEROS QUE ALEGUEN IGUAL O MEJOR DERECHO.