Este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LA GUAIRA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, HOMOLOGA el desistimiento del procedimiento en la solicitud de DIVORCIO, presentada por la ciudadana ILIANA ROSMELI CARDONA SANDOVAL, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-18.323.747, asistida por la abogada NORELIS DEL CARMEN PACHECO GONZALEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N°264.531 y acuerda tenerlo como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, conforme a lo previsto en los Artículos 263 y 264 del Código de Procedimiento Civil. Así se establece.-