Las partes dan por terminado el presente proceso mediante el pago de la suma TRES MIL TRECIENTOS DOLARES AMERICANO (USD. 3.300,00) que queda a deber al demandante, a saber de la siguiente forma:
PRIMERO: La cantidad de MIL CIEN (USD 1.100,00) los cuales serán pagados en efectivo el día 28 de noviembre de 2023; la cantidad de MIL CIEN (USD 1.100,00) el día 08 de diciembre de 2023, en efectivo; y la cantidad de MIL CIEN (USD 1.100,00) el día 18 de diciembre de 2023.
SEGUNDO: En el presente arreglo, las partes manifiestan que quedan en un todo conforme y declaran que nada quedan a deberse, por concepto de la relación laboral. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Asimismo en este mismo acto se hace e.....