El Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR LA APELACIÓN interpuesta en fechas 4 y 15 de julio de 2005, por el abogado Wilmer Jesús Maldonado Gamboa, actuando con el carácter de co-apoderado de la parte demandada, en contra de la sentencia dictada en fecha 09 de febrero de 2005, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial.
SEGUNDO: CONFIRMA EL FALLO APELADO dictado en fecha 09 de febrero de 2005, dictado por el a quo, que declaró sin lugar la oposición hecha por el abogado WILMER JESÚS MALDONADO GAMBOA apoderado judicial de HILDE MARGARITA GUERRERO DE MOLINA y MARIO FERNANDO MOLINA MOLINA, y de la empresa "CONSTRUCTORA FERMOL, C.A.", parte demandada, contra el BANCO DE FOMENTO REGIONA.....