Vista las pruebas, el Tribunal las declara suficientes para asegurarle a la ciudadana NINFA TEOTISTE ZAMBRANO GARCÍA, venezolana, mayor de edad titular de la cédula de identidad No. V-2.808.695, su condición de ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA, en su carácter de Madre del causante ESTEBAN DUQUE ZAMBRANO, quien falleció ab-intestato en la ciudad de San Cristóbal del Estado Táchira, el día 06 de octubre el año 2005, en el Hospital Central de ésta Ciudad, según consta de acta de defunción arriba señalada. Conforme al Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, quedan a salvo los derechos de terceros.