Se declara en REBELDIA, y ordenar la ubicación inmediata, y la de captura del adolescente IDENTIDAD OMITIDA,de conformidad con lo establecido en el artículo 617 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y adolescentes, asimismo se suspende la presente causa hasta lograr la captura del adolescente imputado.