este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, autoriza EL TRABAJO FUERA DEL ESTABLECIMIENTO en la ciudad de Caracas, al ciudadano VILLALOBOS CARDENAS MARCIAL, quien es de nacionalidad Mexicano, natural del Michoacán, fecha de nacimiento el 30-09-1961, de 45 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio comerciante, residenciado en Avenida Morelos, Poniente Nº 45 México y portador del pasaporte de Los Estado Unidos Mexicanos Nº A-VEN-150, como fórmula de cumplimiento de pena, de conformidad con lo establecido en el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal, debiendo pernoctar el citado ciudadano en el Centro de Pernocta "Dra. Elena Aray", ubicado en el Piso 3 del Anexo de la Casa de Reeducación, Rehabilitación e Internado Judicial "El Paraíso", Caracas, Distrito Capital, obligándose al.....