ELa audiencia se celebrará con la presencia de las partes o de sus apoderados, visto que la parte demandante no comparecio a la audiencia, el proceso se extingue, en consecuencia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA EXTINGUIDO EL PROCESO, en consecuencia el demandante S.M. INMOBILIARIA MILENA, C.A., NO podrá volver a proponer la demanda, antes de que transcurran noventa (90) días continuos después de verificada la extinción . Así formalmente se decide.