Emite el siguiente Dispositivo de Sentencia conforme al artículo 605 de la LOPNA: PRIMERO SE ABSUELVE al joven IDENTIDAD OMITIDA, titular de la Cédula de Identidad Nº 21.195.682, por el delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO tipificado en el artículo 277 del Código Penal, por no haber pruebas de la existencia del hecho ni de la partición de este acusado, de conformidad con el artículo 602 literales b) y e) de la LOPNA: SEGUNDO: Y consecuencia de esta ABSOLUTORIA se le otorga su LIBERTAD PLENA, y se levantan las medidas cautelares dictadas en su contra. TERCERO: Se deja constancia que en el presente Juicio Oral y Reservado se desarrolló el debate cumpliendo con las garantías y principios constitucionales y legales de nuestro ordenamiento jurídico. Así mismo se deja constancia que el día 16/04/2008 finalizó este Juicio y se explicó sintéticamente los fundamentos de hecho y de derecho dictándose el Dispositivo de este Fallo conforme a lo previsto en el primer aparte del artículo 60.....