Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR, el Divorcio POR RUPTURA PROLONGADA DE LA VIDA EN COMÚN de los ciudadanos: JOSÉ ALEXIS RIDRÍGUEZ PINZÓN y ANAMALY OCHOA BLANCO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad N° V- 9.145.040 y V- 9.466.159, hábil y de este domicilio, y en consecuencia queda disuelto el vínculo conyugal contraído entre ellos, que se encuentra extendido en el Acta de Matrimonio N° 10, de fecha 08 de Noviembre de 1989, llevada por ante la extinta prefectura del Municipio Junín hoy Registro Civil del Municipio Junín del Estado Táchira. Por cuanto el acta de matrimonio se encuentra inserta en los Libros de Matrimonio de la extinta Prefectura del Municipio Junín hoy Registro Civil del Municipio Junín, así c.....