En orden a las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR la apelación interpuesta por la parte demandada, mediante diligencia de fecha 19 de noviembre de 2001.
SEGUNDO: DECLARA que entre los ciudadanos Kurt Stanley Granados Ardila, titular de la cédula de identidad N° V-11.016.850 y César Augusto González Contreras, titular de la cédula de identidad N° V-12.814.163, existió una sociedad consistente en una discoteca cuya sede estaba situada en la carrera 22 entre Pasaje Acueducto y calle 11 de San Cristóbal del Estado Táchira. En consecuencia, queda modificada la decisión dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial d.....