En consecuencia de lo expuesto anteriormente, esta Jueza Unipersonal Nº 05 de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO POR RUPTURA PROLONGADA, formulada por los ciudadanos: : AURA ELENA PEREZ DE ROSALES y CARLOS RODRIGO ROSALES DUQUE, ya identificados. En consecuencia, queda disuelto el vínculo conyugal contraído por ellos, según consta en Acta de Matrimonio Nº 37 de fecha 04 de Octubre de 1989 por ante la Prefectura del Municipio Presbítero Doctor Jose Amado Pérez, Distrito Michelena del Estado Táchira.
En relación a: RAMON IVAN y CAROLINA DEL CARMEN ROSALES PEREZ, la Patria Potestad, la Guarda y Custodia, la Obligación Alimentaría y el Régimen de Visitas, se regirá por lo estipulado por la partes en el escrito de solicitud.
Liquídese la comunidad cony.....