ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: Con Lugar la demanda, incoada por la ciudadana LISETTE JACQUELINE GARCIA PINILLA contra la ciudadana SONIA CARMENZA DUQE GIL por RESOLUCION DE CONTRATO
SEGUNDO: Declara resuelto el Contrato de Arrendamiento suscrito entre las ciudadanas: LISETTE JACQUELINE GARCIA PINILLA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°15.546.005 de este domicilio, en el carácter de arrendadora y SONIA CARMENZA DUQUE GIL venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 10.146.706 domiciliada en carrera 04 entre calles 8 y 9 N° 8-23 Santa Ana, Municipio Córdoba Estado Táchira en el carácter de arrendataria
TERCERO: Debe entregar el inmueble ubicado en la carrera 04 calles 8 y 9 N° 8-23 Santa Ana, a la arrendadora totalmente desocupado y en las mismas condiciones en que lo recibió......