este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, Actuando en sede constitucional, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE, la acción de Amparo Constitucional interpuesta por el ciudadano: LUIS VICTOR ROJAS SANDOVAL, venezolano, mayor de edad, jurídicamente hábil y titular de la cédula de identidad número: V-12.717.730; contra su patrono, la Sociedad Mercantil, "A.G.S. AIRLINE GROUND SERVICE, C.A.