DECRETA a la adolescente IDENTIDAD OMITIDA, Medida Cautelar de la prevista en el artículo 582 literales "b" y "c" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas Y Adolescentes, las cuales consisten en la obligación de someterse al cuidado de su madre y en la presentaciones periódicas de cada ocho (8) días por ante la sede de este Tribunal, por estar presuntamente involucrada en el delito de SIMULACIÓN DE HECHOS PUNIBLES, previsto en el articulo 239 del Código Penal, para asegurar que esta adolescente este presente en cualquiera de los actos que le convoque el Tribunal en su proceso penal.