DISPOSITIVA.-
En base a lo anteriormente expuesto este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD PLENA, al ciudadano ANTONIO DAVID BELTRÁN MÉNDEZ, quien dijo ser de nacionalidad venezolana, natural de La Guaira, nacido en fecha 22-12-1994, de 18 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Barbera, hijo de INDIRA MÉNDEZ (v) y de LENI MÉDINA (v), portador de la cédula de identidad Nº 24.180.786, residenciado en: Av. Lecuna, frente a la estación de Metro, Teatros, Edificio Tres Raíces, piso 7, apto. 7-A, Caracas, Distrito Capital, a quien se le siguió juicio por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, ROBO AGRAVADO, previstos y sancionados en los artículos 5 y 6, numerales 1, 2, 3, 10 y 12 de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores; artículo 458 del Código Pe.....