VIII
DISPOSITIVA.
Por la motivación anteriormente expuesta, este Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: Declara Improcedente la demanda por daños y perjuicios incoada por los ciudadanos Adelina Barillas De Colmenares, Hercelia Colmenares Barillas, Nubia Xiomara Colmenares Barillas, Luis Francisco Colmenares Barillas, Ana Yelitze Colmenares De Bochaga, Alberto Alexander Colmenares Barillas, Ermelinda Colmenares Barillas, Carmen Aurora Colmenares Barillas Y Jesús Alirio Colmenares Barillas, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-5.028.483, V-1.587.901, V-9.232.382, V-9.238.633, V-10.149.783, V-11.500.473, V- 5.302.548, V-5.301.606 y V-4.634.737 respectivamente, contra los ciudadanos Rosa Azucena Bustamante De Duarte y Demetrio Eduardo Duarte Guardia, Venezolanos,.....