Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARÓ: PRIMERO: SIN LUGAR EL RECURSO DE HECHO interpuesto en fecha 07/07/2015, por el abogado Jesús David Pérez Morales, contra el auto dictado en fecha 30/06/2015 por el Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés bello de esta Circunscripción Judicial, en la que no oyó la apelación interpuesta en fecha 12 de junio de 2015 contra el acta que fija el lindero provisional de fecha 11/06/2015.SEGUNDO: SE CONFIRMA el auto de fecha treinta (30) de junio de 2015, dictado por el Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés bello de esta Circunscripción Judicial, que no oyó la apelación por ser contraria a lo señalado por el artículo 725 del Código de Procedimiento Civil.